SÍNTESIS
La Oficina Desconcentrada de Amazonas del Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento del artículo 10° de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley N° 28094 y el artículo 64° del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución N° 0325-2019-JNE, pone en conocimiento de la ciudadanía que mediante escrito presentado con fecha 24 de junio de 2021, la ciudadana Jherli Marley Vásquez Gaslac, personera legal titular del movimiento regional “VICTORIA AMAZONENSE”, solicitó la inscripción de la referida organización política, en el registro especial que conduce el Registro de Organizaciones Políticas. Para ello ha acreditado el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17° de la referida Ley, cuya síntesis es la siguiente:
Denominación: Victoria Amazonense
Ámbito territorial de participación electoral: Región Amazonas
Símbolo: Se encuentra representado por la figura de una mano, cuyos dedos medio e índice están levantados formando una letra “V”, todo lo cual se encuentra en un círculo de color rojo y fondo de color blanco, en cuyo perímetro interno se encuentra las palabras “VICTORIA AMAZONENSE” en letras mayúsculas y de color azul, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres de los Fundadores: Jherli Marley Vásquez Gaslac y Edgard Daniel Hernández Cachay.
Nombre de los Dirigentes:
Presidente: Grimaldo Vásquez Tan.
Secretario General Regional: Vacante.
Sub Secretario General Regional: Herzen Franck Vásquez Gaslac.
Secretaria Regional de Organización: Ingri Aracely Rafael Villegas.
Secretario Regional de Economía: Wagner Benjamín Valdivia Reyes.
Secretaria Regional de Comunicación, Prensa y Redes Sociales: Jenny Circonciciona Chuquizuta Tauma.
Secretario Regional Pueblos y Comunidades Indígenas: Hebert Mas Camus.
Secretario General de Juventudes: Gisela Inga Reyna.
Nombres de Personeros Legales:
Personero Legal Titular: Jherli Marley Vásquez Gaslac.
Personero Legal Alterno: Edgar Daniel Hernández Anchay.
Nombre de Personeros Técnicos:
Personero Técnico Titular: Heberth Mas Camus.
Personero Técnico Alterno: Ysolina Vásquez Tan.
Nombre del Representante Legal: Grimaldo Vásquez Tan.
Nombre del Apoderado: Jherli Marley Vásquez Gaslac.
Nombres de los Tesoreros:
Tesorero Titular: Jhuli Marlit Vásquez Gaslac.
Tesorero Alterno: Erick José Zumaeta Zumaeta.
Domicilio Legal: Jr. Triunfo Nº 613, distrito y provincia Chachapoyas y departamento de Amazonas.
Resumen de Comités y sus direcciones: La organización política presentó libros de actas de constitución de siete (7) comités provinciales, cada uno con más de cincuenta (50) afiliados cuyas firmas han sido verificadas por el RENIEC, habiéndose cumplido lo dispuesto en el literal b) del artículo 17° y el artículo 8º de la Ley de Organizaciones Políticas. Mediante Memorando Nº 1092-2021-DNFE/JNE, la Dirección Nacional Fiscalización y Procesos Electorales informó a esta Dirección respecto de la existencia y funcionamiento de los referidos comités provinciales, quedando ello verificado como se detalla a continuación:

Resumen del estatuto: El estatuto consta de setenta y siete artículos, cuatro disposiciones complementarias y dos disposiciones transitorias. Los artículos están distribuidos en nueve títulos, organizados de la siguiente manera: i) Disposiciones Generales, ii) Estructura Orgánica Interna, iii) De los comités Provinciales, iv) Autoridades Adscritas al Comité Ejecutivo Regional, v) Órganos Autónomos, vi) Los Afiliados, vii) Democracia Interna, viii) Régimen Patrimonial, ix) Disposiciones Sobre alianzas Fusiones y Disolución del Movimiento. El estatuto puede ser consultado por la ciudadanía en la siguiente dirección electrónica:
Resumen del reglamento electoral: El reglamento electoral del movimiento regional consta de treinta y siete artículos y cuatro disposiciones complementarias. Los artículos están distribuidos en diez capítulo organizados de la siguiente manera: i) Disposiciones Generales, ii) Órganos Electorales, iii) Elecciones Internas, iv) Elección de Cargos Directivos, v) Elección de Candidaturas a Cargos de Elección Popular, vi) Padrón Electoral, vii) Material Electoral y Locales de Votación, viii) Del Procedimiento de Impugnaciones, ix) Elecciones Primarias, x) Las cuotas Electorales, la Paridad y Alternancia. El reglamento electoral puede ser consultado por la ciudadanía en la siguiente dirección electrónica:
Resumen del padrón de afiliados y link de acceso: Como resultado de la presentación de tres entregas de padrón de afiliados y una presentación de actas de constitución de comités provinciales; además de los directivos del movimiento regional, se ha determinado que la organización política cuenta con 4,929 afiliados válidos. Al padrón de afiliados se accede en el link:
La publicación tiene por objeto que cualquier persona natural o jurídica pueda formular tacha contra la solicitud de inscripción, la cual deberá estar fundamentada en el incumplimiento de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley Nº 28094 y acompañada de los documentos sustentatorios, además de los requisitos exigidos en el TUPA del JNE.
Chachapoyas, 22 de noviembre de 2021.
JESSICA PORRAS SALAZAR
Registrador Delegado EERRMM 2022Amazonas